Orden MED/2/2010
Descripción:
Orden MED/2/2010, de 9 de febrero, por la que se aprueban las bases generales y se convoca una beca para participar en tareas de formación sobre el control de la contaminación industrial, en la Consejería de Medio Ambiente.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 33
Fecha BOC: 18/02/2010
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Fecha inicio plazo presentación:
19/02/2010
Fecha finalización plazo presentación:
08/03/2010
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de la beca todas aquellas personas que reúnan los requisitos siguientes:
- Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
- Estar en posesión de alguna de las titulaciones requeridas.
- Haber finalizado la carrera en el curso académico 2003-2004, o en cursos posteriores.
- Estar en posesión de carné de conducir Clase B1, en vigor.
Período beca:
El periodo de duración de la beca comenzará el día en que se produzca la incorporación del beneficiario, nunca antes del 1 de marzo de 2010, y tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2010.
El Director General de Medio Ambiente, a la vista del informe del tutor de la especialidad, podrá proponer la prórroga de la beca, al Consejero de Medio Ambiente, quien podrá acordarla, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos, hasta un máximo de dos prórrogas, actualizando, en su caso, su cuantía conforme al I.P.C. del año natural anterior.
Cuantía:
Documentación a adjuntar:
Junto a la solicitud, las personas interesadas habrán de aportar la siguiente documentación:
- Fotocopia del D.N.I.
- Certificación del expediente académico con calificaciones y fotocopia compulsada del título correspondiente o, en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición de la titulación requerida. Los expedientes académicos de estudios realizados en el extranjero o en centros españoles no públicos deberán de ir acompañados de la fotocopia compulsada de la homologación concedida por el Ministerio de Educación y Ciencia.
- Declaración responsable de renuncia a otras becas, remuneraciones o ayudas, en el caso de ser seleccionado, y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración u Organismo Público o Privado como consecuencia de expediente disciplinario, según Anexo II.
- Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con la Orden HAC/15/2006 de 11 de agosto, por la que se establecen los supuestos en que procede la simplificación de la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de subvenciones así como con el Gobierno de Cantabria, según anexo II.
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria, según anexo II.
- Currículum vítae del solicitante, con exposición de los méritos profesionales o académicos que se posean, justificados documentalmente mediante fotocopias compulsadas de los documentos que sirvan para acreditar cada mérito alegado. No serán valorados los méritos no acreditados documentalmente.
Anexos:
Lugar presentación :
Órgano tramitador:
Teléfono: 942 20 23 10
Obligaciones:
Además de las obligaciones que se establezcan por el articulado de la Ley de Cantabria de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el año 2010, se establecen como obligaciones del becario, las siguientes:
- Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de diez días naturales a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndosela al suplente que figure en primer lugar.
- Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
- Presentar póliza y recibo de prima de seguro para la cobertura de accidentes y enfermedad por todo el tiempo de duración de la beca.
- Aceptar las normas de régimen interno del centro donde realicen la formación.
- Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas.
- Facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
La propiedad de los estudios y trabajos realizados por las personas seleccionadas corresponderá a la Consejería de Medio Ambiente.
El becario se compromete a velar por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tenga acceso en el desarrollo de su trabajo en la Consejería de Medio Ambiente.
Con una antelación de 15 días al vencimiento de la última mensualidad por el beneficiario, se hará entrega al tutor de un informe por escrito sobre los trabajos desarrollados durante el período de formación. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida de la última mensualidad.