Orden CUL/49/2007
Descripción:
Orden CUL/49/2007, de 30 de octubre, por la que se convocan los Premios a la Gastronomía de Cantabria 2007 y se determina su régimen jurídico.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 223
Fecha BOC: 16/11/2007
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Fecha inicio plazo presentación:
17/11/2007
Fecha finalización plazo presentación:
12/12/2007
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de los "Premios a la Gastronomía de Cantabria 2007": a) Cocineros: Profesionales que se hayan distinguido en la recuperación, fomento y difusión de la cocina regional de Cantabria, utilización de productos propios de la Región, contribuyendo con ello a mejorar la imagen de calidad y excelencia de la oferta turística de Cantabria. b) Personal de sala: El premio distinguirá a personal de sala como maîtres, sommeliers o camareros cuyas trayectorias y actividad profesional hayan aportado calidad y excelencia en el servicio a sus empresas, contribuyendo además con ello a la promoción y difusión de la gastronomía regional. c) Empresarios: Se distinguirán las trayectorias empresariales caracterizadas tanto por la gestión de sus empresas conforme a parámetros de calidad y competitividad, como de manera especial por sus aportaciones a la gastronomía regional y a la imagen y oferta turística de la Comunidad Autónoma de Cantabria. d) Entidades: El Premio distinguirá a entidades sin ánimo de lucro, públicas o privadas, tales como asociaciones, fundaciones, colectivos gastronómicos o similares, cuyas trayectorias y actividad hayan contribuido a la promoción y difusión de la cocina regional de Cantabria, mejorando con ello la imagen turística de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Cuantía:
Consistirán en placa de plata y diploma acreditativo en cada una de las modalidades: Cocineros, personal de sala, empresarios y entidades, que recoja la denominación de la distinción, el año y el otorgante -Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria-.
Documentación a adjuntar:
- Memoria explicativa recogiendo los méritos del candidato, dentro del objeto, fines y beneficiarios que regula la Orden de convocatoria. - Certificaciones/adhesiones de profesionales y empresas del sector hostelero y servicios de Cantabria. - De ser formuladas las candidaturas por órganos colegiados, a la solicitud habrá de acompañarse acta del acuerdo adoptado en tal sentido por el correspondiente órgano directivo.
Lugar presentación :
En el Registro de la Dirección General de Turismo, C/ Miguel Artigas, 2, 39002 de Santander, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano tramitador:
C/ Miguel Artigas, 2 - 39002 Santander
Teléfono: 942 20 82 65